La regulación del cannabis en México es una especie de laberinto. Mientras avanzan propuestas legislativas, la Suprema Corte acaba de declarar inconstitucional la penalización del uso adulto de marihuana y aceleró el camino a su regulación definitiva.
México está cerca de convertirse en el tercer país del mundo en regular la marihuana para todos los usos, detrás de Uruguay y Canadá. La diferencia es que se trataría del mercado legal más grande del mundo.
Si bien hay un proyecto de regulación que espera la intervención del Senado, la Justicia tomó la decisión de avanzar con un fallo que obliga al Estado a garantizar el derecho a la tenencia y cultivo de cannabis para todo fin.
Esta intervención de la Justicia y el peso de su fallo se debe a una particularidad de las instituciones mexicanas: cuando la Corte Suprema emite 5 fallos en la misma dirección, el Congreso debe sancionar una ley que garantice los derechos reconocidos por la Corte.
Eso es lo que ocurrió entre 2015 y 2018 respecto al cannabis. En esos años, la Corte resolvió cinco juicios de amparo sobre la prohibición del uso de cannabis con fines personales. A partir de ese momento, el reloj empezó a marcar la cuenta regresiva.
A partir de este nuevo fallo de la Corte Suprema el Estado mexicano tendrá que garantizar el derecho a la tenencia y cultivo de cannabis para todos los adultos, más allá de lo que ocurra con el proyecto de regulación que debate el Congreso
Hasta el momento, el congreso ya obtuvo 3 prórrogas por plazos vencidos para resolver el tema. Y la ley continúa estancada en el Senado.
En ese contexto, la Corte Suprema tomo una decisión radical: dictar un fallo que elimina las restricciones para que se otorguen permisos para la adquisición de semillas, siembra, cultivo y cosecha de cannabis.
A partir de ahora, más allá de lo que ocurra con la ley que espera ser resuelta en el Congreso, el Estado mexicano tendrá que garantizar los derechos reconocidos por la Corte.
Qué pasa en el Parlamento
A comienzo de marzo de este año, los diputados mexicanos aprobaron la nueva regulación del cannabis. Fue por 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones.
Si bien el proyecto ya contaba con la media sanción del Senado, la iniciativa tuvo que regresar a la Cámara alta porque sufrió varias modificaciones. En caso de que el Senado vote a favor de esos cambios, el proyector se convertiría en ley.
Si eso ocurre, México creará su propio mercado interno de cannabis. La nueva norma permitirá la venta de cannabis y sus derivados para uso adulto en locales autorizados.
Esto generará a su vez un circuito de producción y distribución comercial a partir de licencias que se entregarían desde algunas de las áreas del Ministerio de Economía.
Además permitiría el cultivo con fines de investigación y la producción de cáñamo para fines industriales. Para estos puntos se espera el desarrollo de reglamentaciones específicas.
El dictamen aprobado también habilita a la constitución de asociaciones civiles cannábicas que podrán cultivar para sus miembros, algo que será sin fines de lucro.
La ley que duerme en el Congreso prevé regular la comercialización y el autocultivo en todo el territorio mexicano
Las asociaciones deberán tener un mínimo de 2 y un máximo de 20 socios mayores de edad Además, deberán limitarse a cultivar hasta cuatro plantas por socio, sin exceder en ningún caso de 50 plantas.
En cuanto a la tenencia para consumo personal, se permitirá la posesión en la vía pública hasta los 28 gramos.
Quienes superen ese peso hasta los 200 gramos, se los multará con US$ 500. Mientras que desde los 200 gramos hasta los 20 kilos se abriría una causa penal por narcomenudeo.
Por último, superadas esas cantidades, la Justicia lo calificará como narcotráfico, siempre y cuando se encuentre por fuera del circuito regulado de comercialización.
Además, se permitirá el autocultivo hasta ocho plantas y el cultivo comunitario bajo la modalidad de los clubes: las asociaciones podrán tener hasta veinte miembros mayores de 18 años y un máximo de 50 plantas por grupo.
Sin embargo, hasta el momento, el Senado no debatió las modificaciones que propusieron los diputados.
Qué dice la Justicia
Se trata de la aprobación de una Declaratoria General de Inconstitucionalidad que afecta a cinco artículos de la Ley General de Salud que establecen la prohibición del uso adulto o recreativo de la marihuana.
De esta manera consideran inconstitucionales los artículos que impiden el cultivo, tenencia y uso de cannabis, además de su cosecha, preparación posesión, comercio o transporte además de la prescripción médica.
“Después de un largo camino, esta Suprema Corte consolida el derecho al libre derecho de la personalidad para el uso lúdico, recreativo, de la marihuana”, afirmó el presidente de la Corte Suprema, el ministro Arturo Zaldívar.
A partir de 2015, la Justicia está cumpliendo un papel central en el proceso hacia la regulación. Esto nos lo explica Emmanuel Farías Camarero, representante legal de la Fundación Loto Rojo, que asesora a pacientes que encontraron en el cannabis un aliado terapéutico.
“Esta resolución elimina las restricciones para que se otorguen permisos para la adquisición de semillas, siembra, cultivo, cosecha y demás actividades necesarias para consumir cannabis con fines personales”, detallan los especialistas.
“Entre 2015 y 2018, la Suprema Corte de Justicia Nacional resolvió cinco juicios de amparo sobre la prohibición del consumo de cannabis con fines personales, declarando inconstitucionales las normas de la Ley General de Salud que la prevén”.
Luego, el máximo tribunal le notificó al Congreso un plazo de 90 días para enmendar el problema de la inconstitucionalidad.
“A pesar que que se le concedieron tres prórrogas al Legislativo, la aprobación de la Ley Federal que regularía toda la cadena productiva del cannabis quedó estancada”, dice Farías Camarero en referencia al Senado.
Por este motivo, “ayer 11 ministros de la Suprema Corte aprobaron la Declaración General de Inconstitucionalidad”.
“Esta resolución elimina las restricciones para que la Secretaría de Salud otorgue permisos para la adquisición de semillas, siembra, cultivo, cosecha y demás actividades necesarias para consumir cannabis con fines personales”, detalla el abogado.
“Esta Suprema Corte consolida el derecho al libre derecho de la personalidad para el uso lúdico, recreativo, de la marihuana”, afirmó el presidente de la Corte Suprema, el ministro Arturo Zaldívar.
“Con este fallo, se suprime la normativa que especificaba que aquellas actividades solo podían realizarse con fines médicos o científicos”, profundiza Farías Camarero.
“Los efectos empezarán a sentirse a partir de la notificación de la sentencia al Congreso, a la Secretaría de Salud y Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, debiendo estas últimas establecer los lineamientos para dar cauce al derecho reconocido”, dice Farías Camarero.