Skip to content Skip to sidebar Skip to footer
mar del plata policia controles

Mar del Plata: no se podrá detener a personas que tengan hasta 50 gramos de cannabis

Todos los años, usuarios y usuarias se enfrentan al mismo miedo: los operativos de verano. La pregunta que todos se hacen es si este verano será igual que los anteriores. Es decir, con un alto nivel de requisas, incautaciones, detenciones e inicio de causas penales.

Existen recomendaciones para que puedas actuar si te algo de eso te ocurre, pero ahora la Justicia buscó establecer límites más claros para las fuerzas de seguridad.

Uno de los más emblemáticos es el “Operativo Sol” de la provincia de Buenos Aires. El Gobernador bonaerense, Axel Kicillof, en el lanzamiento del plan rebautizado a “Operativo de Sol a Sol”, anunció que habrá 11.800 efectivos repartidos en 41 municipios turísticos, especialmente los de la Costa Atlántica.

Según los últimos datos oficiales difundidos, el Operativo Sol 2018/2019 duplicó la cantidad de procedimientos en búsqueda de sustancias ilícitas y más de 4.100 personas fueron detenidas, un 67% de aumento en comparación a la edición anterior.

Un fallo y un freno

En este contexto, el activismo cannábico ya alertaba que los abusos policiales estaban a la orden del día. “Cada verano veíamos que aumentaban las requisas, cacheos y controles de ruta”, dice Gabriel Díaz, Presidente de la Asociación Marplatense de Cannabicultores (AMC)

Es por eso que Díaz, en representación de la AMC, presentó en 2019 un habeas corpus preventivo y colectivo en el que se pidió el cese de las requisas sin orden judicial y los traslados a comisarías por el consumo de sustancias.

Si bien la Corte Suprema de la Nación ya había despenalizado en 2009 el consumo, a partir del conocido Fallo Arriola, eso no desactivó las acciones represivas a usuarios que siguen amparadas por la ley de drogas que nunca se modificó.

El fallo del juez Tapia ordena que en el Departamento Judicial Mar del Plata las fuerzas de seguridad se abstengan de detener a usuarios y usuarios de “estupefacientes” en espacios públicos

“Era necesario denunciar, porque cada intervención de la policía es un potencial caso de violencia institucional y de situaciones que vulneran derechos”, cuenta Díaz en diálogo con THC.

A un año de la presentación del habeas corpus, la semana anterior finalmente la Justicia se expidió favorablemente. El magistrado Juan Tapia, al frente del Juzgado de Garantías N° 4 de Mar del Plata, establece que “Ordenar a la Policía de la Provincia de Buenos Aires y demás fuerzas de seguridad que en el Departamento Judicial Mar del Plata se abstenga de realizar detención, en espacios públicos, de usuarios de sustancias que la ley define como estupefacientes, cuando las circunstancias del caso pongan de manifiesto que la tenencia es para consumo personal”.

“El habeas corpus colectivo y preventivo permite generar estructuras de resoluciones que escapan a la lógica del caso individual. Es una herramienta muy novedosa, permite englobar la situación de los usuarios de sustancias”, afirmó el juez Tapia a THC.

“Se trata de acciones que no constituyen delitos: ¿cómo se puede privar a alguien de su libertad por parte de la policía si esa persona no va a recibir pena?”, agregó.

Límites 

Con el objeto de establecer límites al accionar policial, el juez Tapia consideró oportuno establecer cantidades para que los uniformados consideren que la tenencia es para consumo personal cuándo es consumo personal.

De esta manera, las fuerzas de seguridad no podrá trasladar a las comisarías a personas que tengan consigo un máximo de 50 gramos de cannabis, 10 gramos de cocaína y 3 pastillas de éxtasis.

Las fuerzas de seguridad no podrá trasladar a las comisarías a personas que tengan consigo un máximo de 50 gramos de cannabis, 10 gramos de cocaína y 3 pastillas de éxtasis

“Creemos que las circunstancias priman sobre las cantidades. Pero era importante establecer las cantidades y el protocolo vigente para evitar detenciones y traslados a las comisarías”, explica Díaz y agrega que, desde 2015, se encuentra vigente un manual de acción para las fuerzas de seguridad que establecía las mismas cantidades que el fallo de Tapia. Ahora, no solo fue mejorado; sino que también adquiere un mayor peso institucional y establece un criterio ante posibles abusos policiales.

Por su parte, Tapia sumó que “es ilegítima la detención de un usuario de sustancias para uso personal cuando no conlleva riesgos a terceros”.

Y aclaró: “el traslado compulsivo a una dependencia policial es una detención, así lo viene indicando la Corte Interamericana de Derechos Humanos y un fallo condenó al Estado argentino por detenciones arbitrarias”.

“Se pusieron en evidencia aspectos totalmente irracionales que tiene el sistema punitivo y, en particular, la penalización de tenencia de drogas para consumo personal. Debía exponerse y luego clasificar cuáles son los criterios por los cuales la policía interviene. Este fallo es importante porque informa cuales son los derechos de los usuarios y los modos de intervención válidos”, dice Díaz.

“Este fallo es importante porque informa cuales son los derechos de los usuarios y los modos de intervención válidos”, dice Gabriel Díaz, Presidente de la Asociación Marplatense de Cannabicultores

Recuerdos de Mar del Plata

A pesar de las situaciones de abuso institucional que pueden darse en las requisas, el calvario no termina allí para los usuarios y usuarias. Se trata de un souvenir tan inesperado como siniestro.

Luego de regresar a sus hogares, las personas deben resolver su situación judicial porque, ante la fuerza de la ley, cometieron un delito. Según datos oficiales del Poder Judicial de Mar del Plata, en 2018 se abrieron 1.418 causas en el marco del Operativo Sol. Al año siguiente, la cifra se elevó a más de 4.700.

Luego de regresar a sus hogares, las personas deben resolver su situación judicial porque, ante la fuerza de la ley, cometieron un delito. en 2019 se abrieron  4.700 causas.

“Una requisa implica afectar el derecho a la intimidad y a la libertad individual de las personas. Los funcionarios policiales solamente están legitimados a practicarlas cuando concurran indicios dementes de la confección de un delito o razones de urgencias que justifiquen ese procedimientos”, explica el titular del Juzgado de Garantías N° 4 de Mar del Plata.

Pero todas ellas terminaron por ser archivadas, justamente por la inconstitucionalidad de penar el consumo personal de drogas ilegales. Sin embargo, para que las causas no se caigan, muchos fiscales utilizan la figura de “tenencia simple” para justificar una supuesta comercialización bajo el narcomenudeo.

“Mar del Plata tiene un Poder Judicial progresivo, que en general archiva las causas y tiene claros sus límites. Con el habeas corpus se buscaba poner un freno a las intervenciones policiales que venía en escalada y evitar casos como el de Federico Taja”, cuenta Díaz sobre el joven asesinado de un balazo por la policía marplatense, en 2011.

Respecto a este caso puntual, Tapia agrega que “es muy importante que el Estado trate de reducir los márgenes de discrecionalidad policial al momento de una aprehensión de esta naturaleza”.

Por último, Díaz asegura que “un fallo judicial no resuelve los problemas de los usuarios y usuarias. Esto se resuelve con una despenalización de las sustancias y una regulación integral del cannabis. Esto solo es un paso en una lucha mucho más profunda”.

El fallo completo podés leerlo acá.

Para saber qué hacer ante un control policial hacé click acá.


Informe: Santiago Carrillo