Cuánto y dónde pueden cultivar cannabis medicinal las ONGs. Algunas preguntas se responden ahora, a partir de la habilitación que ganaron las asociaciones civiles y que fue anunciada oficialmente.
A partir de ahora, las ONGs inscriptas en el REPROCANN, podrán cultivar para las personas que, también inscriptas, las establezcan como responsables de su plantas y preparación de derivados.
Así quedó establecido luego que el Ministerio de Salud publicara hoy en el Boletín Oficial una nueva resolución sobre la Ley de Cannabis Medicinal.
A fines del pasado marzo, la cartera sanitaria había publicado una resolución en la que no solo expandía los límites del autocultivo y cultivo solidario de cannabis. En aquel texto, también se habían especificado los alcances productivos que podían tener las Organizaciones No Gubernamentales (ONG).
“Esto es una herramienta de legalidad que nos da la posibilidad de seguir avanzando hacia el objetivo de máxima: la despenalización total de la planta. No nos vamos a conformar. Seguiremos luchando porque el reclamo sigue siendo el mismo: basta de presos y presas por cultivar”, aseguran desde Mamá Cultiva Argentina.
Sin embargo, aquel documento tuvo fallas en su redacción porque establecía que las ONG tenían un límite máximo, en exterior, de 15m2. Se trata de una extensión que, según explican las asociaciones, no alcanza para la demanda de pacientes.
Entonces, esta nueva resolución que tiene la firma de la ministra Carla Vizzotti es un adecuación del documento previo.
De esta manera las ONG, ahora pueden cultivar cannabis para un total de 150 personas y un máximo de 9 plantas para cada una. Mientras que la extensión será de 6m2 (interior) y 15m2 (exterior), por cada usuario.
¿Cuántas plantas de cannabis pueden tener las ONG?
En primer lugar, el principal requisito para tener un cultivo de cannabis bajo la legalidad es que la ONG debe estar inscripta en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN).
Las ONG podrán tener un límite máximo de 9 plantas de cannabis florecidas por persona representada. No se ha establecido una cantidad para las plantas en estado vegetativo.
En cuánto a la extensión, si el cultivo se desarrolla en condiciones de interior, podrá haber un máximo de 6m2 por cada uno de los usuarios registrados. Mientras que en un cultivo de exterior, el límite será 15m2 por cada paciente.
Por ejemplo, si cultiva para 10 usuarios en exterior que tienen prescripta 9 plantas cada uno, la ONG podría cultivar noventa plantas (10 personas x 9 plantas cada una) en 150 metros cuadrados (10 personas x 15 metros cuadrados cada una en exterior).
Además, las ONG podrán registrar más de un domicilio como locación de los cultivos de cannabis.
¿Para cuántas personas puede cultivar cannabis una ONG?
Según la nueva resolución, “Cada ONG inscripta en el Reprocann podrá representar como cultivador como máximo a 150 personas”.
Pero en aquellos casos que supere la cantidad de vinculaciones, podrán solicitar una extensión. Para ese caso deberán presentar un proyecto de investigación ante el Ministerio de Salud.
El trámite se realiza vía administrativa al Programa Nacional Para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, Sus Derivados y Tratamientos No Convencionales.
¿Cómo elegir a una ONG para que cultive mi cannabis?
Las organizaciones civiles deberán inscribirse en el REPROCANN bajo su perfil indicado. De esta manera, los usuarios y usuarias podrán determinar a partir del REPROCANN una institución para que cultive su cannabis. Esos usuarios también deben estar inscriptos en el registro.
“Este es un escalón más en la lucha por el reconocimiento del trabajo que venimos haciendo hace muchísimos años desde las organizaciones sociales. Formamos, acompañamos y nos hacemos cargo de la demanda de la sociedad”, sostiene Mamá Cultiva Argentina.
Luego, al igual que en el caso del autocultivo y el cultivo solidario, la vinculación con el profesional médico será el paso final para completar el trámite. El trámite tendrá que ser aprobado por del Ministerio de Salud.
La ONG deberá establecer los predios o domicilios en los que realizará el cultivo. Pueden ser todos los necesarios para cubrir la cantidad de metros que precisa para abastecer a los usuarios.
¿Qué permite la Ley de Cannabis Medicinal en Argentina?
La Ley de Cannabis Medicinal fue sancionada en el año 2017. En noviembre de 2020, con una nueva reglamentación el Estado habilitó los cultivos de cannabis personales y para terceros (cultivo solidario) solamente para fines medicinales, terapéuticos o paliativos del dolor.
En abril del año pasado se implementó el REPROCANN: el registro creado por la cartera sanitaria donde interviene un profesional de la salud que certifica el uso medicinal.
En su última resolución el Ministerio de Salud incluyó a las ONG como instituciones que pueden cultivar para terceros.
Para realizar el trámite todas las personas e instituciones que interviene deben estar inscriptas en el REPROCANN: usuarios, usuarias, cultivadores solidarios, ONGs y profesionales de la salud.
Si querés saber cómo registrate en el reprocann podés hacerlo acá.
Las próximas luchas de las organizaciones cannábicas
“La nueva resolución se recibe con alegría y se celebra el reconocimiento a las organizaciones civiles, los pasos previos y la corrección en la redacción. Tenemos la posibilidad de cultivar para 150 personas con los números que corresponden”, le asegura a THC Gabriela Cancellaro, integrante de Mamá Cultiva Argentina.
De todos modos, la activista alerta que, si bien se realizó ayer la publicación en Boletín Oficial de la nueva resolución, aún no se ha implementado.
“Ahora estamos esperando la implementación efectiva, que entendemos que saldría a la brevedad”, dice Cancellaro sobre el ajuste en el sistema de Reprocann que deben dar para que el alcance de esta resolución sea un hecho efectivo.
De todos modos, desde Mamá Cultiva Argentina celebran este nuevo paso para el reconocimiento de las personas que deciden hacer uso del cannabis.
“Este es un escalón más en la lucha por el reconocimiento del trabajo que venimos haciendo hace muchísimos años desde las organizaciones sociales. Formamos, acompañamos y nos hacemos cargo de la demanda de la sociedad”, sostiene Mamá Cultiva Argentina.
Entonces, Cancellaro dice que “el Estado no solo no acompañó, además criminalizó. Es importante poner en valor el rol que tenemos las organizaciones por haber sostenido la demanda y con el riesgo de ser criminalizadas”.
“Esto es una herramienta de legalidad que nos da la posibilidad de seguir avanzando hacia el objetivo de máxima: la despenalización total de la planta. No nos vamos a conformar. Seguiremos luchando porque el reclamo sigue siendo el mismo: basta de presos y presas por cultivar”, asegura Cancellaro.
En este sentido, Mamá Cultiva Argentina es consciente de las próximas luchas que tendrán las organizaciones cannábicas del país. Una de ellas será la matriz productiva nacional de la planta.
“Estamos esperando la ley de producción, que ya tiene media sanción”, dice. Y luego, agrega: “No podemos ser ingenuos en que va a haber una lucha de intereses. Se viene un enorme negocio con el cannabis y vamos a necesitar el acompañamiento del Estado y la sociedad. Vamos a tener la posibilidad de cooperativizarnos para ser competitivos en el mercado que se viene”.
Por último, Cancellaro es optimista y dice que “la fuertísima comunidad cannábica del país no va a permitir que la planta se la adueñen los oligopolios. Vamos a seguir siendo las guardianas de la diversidad”, cierran desde Mamá Cultiva Argentina.