Durante un año y medio Adriana Funaro enfrentó una causa penal en su contra por cultivar cannabis para hacer extractos de la planta para tratar su artrosis y compartirlos con otros usuarios medicinales. Ayer, finalmente, Adriana fue sobreseída. El fallo de judicial es importantísimo, sobre todo porque en él los jueces de la Sala III de la cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora reconocieron que el autocultivo de cannabis con fines terapéuticos no puede ser penalizado por la ley de drogas y, además, que tampoco es delito cultivarlo de forma gratuita para otras personas que lo necesitan, lo que se conoce como cultivo solidario.
“Esta sala no puede desconocer el avance que de forma simultánea a la iniciación de la presente, la sociedad Argentina viene dando en relación al uso terapéutico y medicinal de la planta de cannabis”, se afirma en el fallo. “El uso paliativo y medicinal de la planta de cannabis con resultados comprobados científicamente a nivel nacional e internacional no pueden ser desconocidos”.
Adriana había sido allanada el 20 de febrero de 2017 en Ezeiza y, tras pasar tres días presa en la comisaría 1° de Luis Guillón, el juzgado dictó la prisión domiciliaria. El día del operativo la policía secuestró 36 plantas, semillas y goteros con aceite para uso medicinal que Adriana usaba para paliar los dolores que sufre a causa de una artrosis en su rodilla. La defensa solicitó el cambio de carátula y la excarcelación pero el juez de garantías Horacio Hryb no solo denegó su excarcelación sino que dictó la prisión preventiva, que cumplió durante más de un mes en la casa de su hija.
En el día de ayer, los jueces del tribunal dictaron por unanimidad su sobreseimiento, al entender que la penalización del cultivo de cannabis que figura en el artículo 5° inciso a de la ley de drogas y por el que se la imputaba tiene como objeto la protección del bien jurídico “salud pública”, bien que en este caso no fue afectado al cultivar con fines terapéuticos. Uno de los puntos más destacados del fallo es el reconocimiento no solo del autocultivo sino también del cultivo solidario de cannabis, lo que según los jueces “de ninguna manera puede ser alcanzado por la punición del artículo 5, inciso a) de a ley 23.737 pues es claro que la finalidad de esta ley es combatir el narcotráfico” ya que “la conducta de Funaro es my distinta (dirigida con fines medicinales y en forma gratuita)”.
“Sentí que se hizo justicia. Es muy fuerte estar judicializada”, nos dijo Adriana tras el fallo. “Siempre dije lo mismo, que la cantidad de plantas no tienen nada que ver con su fin. Y no como me han llegado a decir en el juicio, que las plantas son como armas”, añadió, y aseguró: “En un momento sentí miedo porque ver a un fiscal y a un juez convencidos de lo que dicen, que están en contra tuyo, sin entender la realidad, que te pueden cagar la vida por un pensamiento facho”. Por otra parte contó que “estos últimos días estuve mal de su salud, estuve internada con mucha ansiedad y presión muy alta, te llevan a una situación muy vulnerable que muestra hasta dónde puede llevar una ley injusta”.
“Tengo una sensación de satisfacción enorme, el trabajo en la causa implicó un esfuerzo grandísimo”, sostiene en diálogo con THC Victoria Baca Paunero, la defensora oficial de Adriana, que se emociona al hacer un balance de este año y medio de lucha. “Tuve en todo momento el apoyo de la Defensoría General de Lomas de Zamora, de las familias de pacientes que se ofrecieron para declarar como testigos, de los médicos especialistas que me enseñaron y del apoyo de las agrupaciones de cultivadores. Yo no soy especialista en cannabis medicinal, lo que yo sé de lo aprendí de esta causa y siento un agradecimiento profundo por todas estas personas”.